En primer lugar queremos dejar muy claro que el documento que expide la FECT para acreditar la afiliación del ciclista a este organismo se denomina “Carnet de afiliado” y no licencia, y se le ha dado este nombre para evitar los continuos errores que se producen en las diferentes administraciones al dar por sentado que la posesión de una licencia supone disponer de un seguro con asistencia médica.
Este documento acredita la pertenencia de su titular a la FECT con las ventajas que ello conlleva, como disponer de cobertura de Responsabilidad Civil de cicloturista, en cualquier actividad relacionada con la bicicleta excepto competición, seguro de accidentes con un capital de 15.000€ en caso de fallecimiento por accidente de cicloturismo y hasta 15.000€ en caso de Incapacidad Permanente (según baremo), y un amplio seguro de Asistencia en Viaje con la bicicleta, que se puede mejorar con diferentes ampliaciones según la opción elegida por el afiliado y, que se puede identificar en el propio carnet con el código de identificación que lleva. Sumado a todo esto está incluida una póliza de Asesoramiento Jurídico.
Todo afiliado a la FECT podrá participar en todas las actividades que organiza tanto la propia FECT como los clubs adheridos a la FECT.
Además, el carnet incluye:
Seguro de Responsabilidad Civil
Hasta 1.200.000€ con un sub límite por víctima de 350.000€
Seguro de Accidentes, invalidez y fallecimiento de 18 a 75 años.
Menores de 18 años y mayores de 75 años, gastos de sepelio hasta los 6.000€.
Asistencia en Viaje
España - Europa
Asesoramiento jurídico
La respuesta a esta cuestión la tienen que dar los propios clubs organizadores, la experiencia nos dice que en un principio estos clubs se verán presionados por sus federaciones territoriales para que no permitan la participación de ningún deportista que no esté federado bajo la tutela de la RFEC, llegados a este punto será la fuerza, que por número de afiliados a la FECT tengamos, la que pueda condicionar si seremos admitidos o no ya que los organizadores de las pruebas necesitan cubrir las cuotas de participación para no ver peligrar su evento.
Estos condicionantes de participación nunca podrán ocurrir con lo organizado por la FECT ya que normalmente van dirigidos a pequeños grupos o con carácter individual.
Lo que SI le garantiza es la participación en todo aquello que organiza la FECT, la FFCT (Federación Francesa de Cicloturismo) y la UECT (Unión Europea de Cicloturismo) y todos sus afiliados. Podéis informaros a este respecto en La Unión Europea de Cicloturismo.
Por supuesto que es válido en todas las autonomías. Es más, contratando la opción Europa (01I) también es válido en los países miembros de la U. E. y países que tienen algún tratado con la Comunidad como es el caso de Suiza, Noruega, Islandia, Andorra, San Marino o Liechtenstein, y recientemente se ha añadido también al Reino Unido. En alguno de los casos es posible que se requiera disponer de algún seguro de accidentes temporal que se facilitaría a través de la propia correduría de seguros de la FECT.
En un principio la atención sanitaria de un cicloturista debería proporcionársela la Seguridad Social o el seguro privado del que se disponga o, en caso de accidente de trabajo, la mutualidad en la que se encuentre afiliado como trabajador y por tanto no sería necesario incrementar costes adicionales a la afiliación.
Ahora bien, aquellos afiliados a la FECT que deseen disponer de un seguro de asistencia médica ilimitada pueden obtenerlo, ya que la FECT te proporciona de la mano del agente de seguros de Catalana Occidente, por un suplemento razonable por ser socio de la FECT, la posibilidad de tener un seguro de asistencia médica ilimitada personalizado, y lo hacemos así porque de esta forma nunca serás víctima del mal uso que puedan realizar otros asegurados.
Pues sencillamente porque dada la alta siniestrabilidad del colectivo ciclista, las compañías de seguros no quieren cotizar ese tipo de pólizas de forma colectiva y las que lo hacen son a precios muy elevados. Por otra parte la FECT tampoco quiere que ese tipo de pólizas colectivas, como ya hemos comentado anteriormente, sirvan para el beneficio del que hace un mal uso del seguro a costa de otros afiliados que si son responsables y consecuentes con sus actos, hecho éste que ha ocurrido más de lo deseado en las federaciones deportivas y que les ha supuesto una subida importante en sus pólizas.
En primer lugar recordar que este carnet de afiliado lleva consigo un seguro de RC con prestaciones complementarias y NO es un seguro de asistencia sanitaria. Por tanto dependiendo de las características del accidente le cubriría los daños que ocasione a terceras personas y la defensa jurídica en caso de que sea demandado. Los gastos del rescate si estos se generan hasta un máximo de 6.000 € y más prestaciones que puede consultar en la tabla de seguros, la recuperación de la bicicleta, y un capital de 15.000 € por fallecimiento en accidente de ciclismo y de hasta 15.000 € en caso de incapacidad permamente por accidente de ciclismo. Al no ser un seguro de asistencia sanitaria en ESPAÑA, no le cubre los gastos médicos que se generen al asistirle, pero como tampoco es un Federado de ciclismo que participa en competiciones, la Seguridad Social debería atenderle como un ciudadano más.
Si sufriera el accidente en la U. E y tiene contratada la opción EUROPA (01I) dispondrá de 12.000 € para costearse los gastos médicos, nunca en territorio español, y aquí es donde los necesitará ya que la Seguridad Social no le ampara en la mayoría de los casos fuera del territorio Español.
Si, hasta un máximo de 6.000 € en España y 12.000 € en Europa.
En principio si el causante del daño es otra persona, ésta debe responder con su seguro para resarcirle de los daños causados, no obstante con su Carnet de afiliado tiene incluido el Asesoramiento Jurídico donde le pueden informar de sus derechos y obligaciones como afiliado.
También tiene incluido el rescate de su bicicleta y en caso de necesidad el desplazamiento y estancia de un acompañante al lugar donde se encuentre hospitalizado. Todo ello hasta los límites que la compañía aseguradora determina.
Le cubre todo lo que sea de su responsabilidad, excepto los daños propios, con una franquicia de 150 € en daños materiales, hasta un límite de 1.200.000 €. / 350.000 por víctima.
El seguro de daños a la bicicleta se ha disparado en siniestros y la cotización que nos ofrece la compañía de seguros resulta inasumible, por lo que hemos decidido quitarla de nuestra propuesta y sí dejar la posibilidad, a quienes puedan estar interesados en contratar este tipo de póliza, poder hacerlo con la compañía a un precio especial por ser afiliado de la FECT, pero de una manera personal y particular entre afiliado y aseguradora, de forma que si alguien se excede, al igual que ocurre con el seguro de coche, no penalice al resto.
Si está interesado en contratar un seguro de este tipo, puede consultar toda la información en el siguiente enlace siempre que se afiliado a la FECT.
Por supuesto que sí. Le dajamos los enlaces a las pólizas originales redactadas por las compañías de seguros:
- Responsabilidad Civil: 01H - 01I
- Accidentes
- Asistencia en Viaje: 01H - 01I
El carnet tiene validez dentro del año que se solicita, es año natural, del 1 de enero hasta el 31 de diciembre. El coste será el mismo se saque el 1 de enero, que el 25 de agosto. El 31 de diciembre el carnet caducará.
Este seguro cubre los daños que usted pueda ocasionar a otra persona.
Tiene una franquicia de 150 € en daños materiales y cubre hasta 1.200.000€.
Ejemplo: Usted atropella a un peatón y este sufre daños personales y materiales. El seguro le cubre los gastos de esa persona a partir de 150 €. Y en el supuesto de que esa persona le denunciase, tendría defensa jurídica con esta póliza. Pero en este mismo caso, usted también sufre daños físicos y materiales. Estos daños sufridos por usted, no están cubiertos por el seguro. Es un seguro contra terceros, no a todo riesgo.
Consultar pólizas
descriptionBÁSICA - EUROPA
Tiene un accidente en bici, y a posteriori, usted sufre una invalidez o se produce un fallecimiento, el seguro indemniza según la tabla de baremos que tiene estipulada.
Este seguro no debe confundirse con un seguro médico o de asistencia médica ante un accidente. Eso no está incluido en el carnet. Solo las indemnizaciones.
Si usted tiene un accidente y necesita asistencia médica, debería llamar al 112 para que le envíen ayuda, y llegado el caso, le trasladen a un centro médico de la Seguridad Social. O en caso de que tenga contratado aparte y de forma personal el Seguro Médico, actuar según el protocolo que este le indique.
Personas mayores de 75 años y menores de 18 años solo tienen cubierto los gastos de sepelio hasta los 6.000€.
Consultar Póliza de accidentes
En caso de siniestro con necesidad de traslado del asegurado, o se queda tirado con la bicicleta y no puede continuar, deberá llamar al teléfono de asistencia en viaje y que le faciliten un medio de transporte hasta su domicilio habitual. Podría ser un taxi, una furgoneta, etc.
También se aceptará trasladar al asegurado a cualquier destino diferente a su domicilio habitual, siempre y cuando este destino se encuentre a menor distancia que su domicilio habitual. Cubre gastos hasta 500 €. No se contemplan casos del tipo “tengo una bicicleta eléctrica y se le ha acabado la batería”.
Este seguro no tiene ningún tipo de franquicia y es desde el kilómetro cero.
Consultar pólizas.
descriptionBÁSICA - EUROPAEl carnet también incluye el asesoramiento jurídico.
Ejemplo: Hemos tenido un accidente y nos han atropellado. Llegado este caso no sabemos muy bien que hacer y necesitamos asesoramiento. Aquí le podrán ayudar y decirle lo que tiene que hacer. O si por el contrario ha tenido usted la culpa, informarle de sus obligaciones y pasos a seguir.